Por Pablo Dávalos
El pomposo nombre de “Consensos de Cusín” fue adoptado para una reunión de varios sectores vinculados a la extrema derecha ecuatoriana, entre ellos analistas económicos neoliberales, empresarios y políticos tanto del gobierno de Guillermo Lasso, cuanto de su antecesor Lenin Moreno y financiado por la fundación alemana Konrad Adenauer, vinculada a la Democracia Cristiana.
Entre los firmantes de este Consenso de Cusín destacan, principalmente: la ex Ministra de Gobierno de Lenin Moreno y enjuiciada políticamente por la Asamblea Nacional y acusada de delitos de lesa humanidad, María Paula Romo; Otto Sonnelholzner, un intrascendente ex vicepresidente de Lenin Moreno; el empresario y principal accionista del grupo Futuro, Roque Sevilla; el empresario Mario Ribadeneira; el decano de la Facultad de Economía de la Universidad de las Américas, Vicente Albornoz; el ex Presidente de la República, y quien empezó los programas neoliberales de ajuste en el Ecuador en 1983, además de ser el responsable de la sucretización de las deudas externas del sector privado, Osvaldo Hurtado; el Director del Observatorio de la Política Fiscal, un think tank neoliberal, Jaime Carrera; el ex Secretario de la Asamblea Constituyente de 1998 y acusado de haber incorporado arbitrariamente el texto que permitieron los salvatajes bancarios de 1999, Diego Ordóñez; el ex vicepresidente de Sixto Durán Ballén y sentenciado por corrupción en el manejo de los fondos reservados, Alberto Dahik; el ex funcionario del FMI y responsable de los duros programas de ajuste fiscal en Bolivia y ministro de economía de Guillermo Lasso, Simón Cueva; el ex jefe del grupo Produbanco, ex Presidente del Banco Central y representante del sector bancario, Abelardo Pachano; el ex economista jefe para América Latina y el Caribe del Banco Mundial, y responsable directo de la desregulación financiera de 1994 que condujo a la crisis bancaria y monetaria de 1999, Augusto de la Torre, entre otros.
Todos ellos, ahora proponen un “Acuerdo fiscal y social” para que el “Estado no gaste más de lo que puede costear la sociedad”, en la línea de los pactos fiscales de los años noventa del siglo pasado, en lo más duro del neoliberalismo y en los que se pregonaba el “ajuste con rostro humano”, que tenían más bien el objetivo de apaciguar a la población y enseñarle a resignarse a las políticas de ajuste fiscal de ese entonces. En esa misma línea ahora proponen trece puntos que, en algunos momentos recuerdan a los diez puntos del Consenso de Washington, de John Williamson, con las diferencias intelectuales del caso.
En consideración que los espacios mediáticos de los miembros del Consenso de Cusín son amplios, es pertinente que se pueda elaborar una crítica de cada uno de sus puntos y demostrar las falsedades, manipulaciones, omisiones y dobles sentidos de sus frases. Tomo como referencia las ideas principales de cada uno de sus trece puntos, en el documento que hicieron público a través de sus redes sociales y su respectiva página web.
1. “Necesitamos un Estado funcional, eficaz, que resuelva los desequilibrios fiscales crónicos que sufrimos … por falta de recursos (y) el exceso de gasto las hace insostenibles en el mediano plazo”
¿Qué significa “Estado funcional y eficaz” para los miembros del Consenso de Cusín? Y, quizá lo más estratégico: ¿qué entienden ellos por “desequilibrios fiscales”? Es necesario advertir que la teoría política moderna no conoce el concepto de “Estado funcional y eficiente”, porque los Estados modernos son relaciones políticas mediadas por la representación y el sistema político. Los Estados no están hechos para “resolver desequilibrios fiscales” ni para ser eficientes, sino para articular, estructurar y dar forma al conflicto político y la lucha por el poder dentro de las sociedades democráticas modernas. La noción de “Estado funcional y eficaz” es solamente un concepto ideológico para pasar de contrabando el programa neoliberal, como se demostrará más adelante.
Con el “Estado funcional y eficaz”, que los firmantes del Consenso de Cusín reclaman, lo que en realidad pretenden es reducir la complejidad del Estado moderno a un simple ejercicio de cuentas fiscales, de tal manera que la política fiscal se reduzca a cumplir con las condicionalidades previstas y establecidas por la instituciones financieras internacionales, especialmente el FMI.
Por ello quieren que las finanzas públicas se manejen como se manejan las finanzas y los presupuestos de las empresas corporativas o los bancos privados. En su lógica empresarial y neoliberal, no entienden, y probablemente nunca lo hagan, que el Estado no puede ni achicarse ni agrandarse porque una relación social no es ni pequeña ni grande, es una relación política y, por tanto, una relación de luchas por el poder y mediada por instituciones políticas y por la representación política, y, en consecuencia, por fuera de toda racionalidad cuantitativa.
Los Estados modernos, definitivamente, son más complejos que una corporación o un banco. Las finanzas públicas no pueden manejarse de la misma forma que se maneja el balance contable de una corporación o un banco, pero esta verdad de Perogrullo es metafísica pura para los neoliberales, empresarios y banqueros que están detrás de este “Acuerdo fiscal y social” de Cusín, porque ellos creen, con la fe del carbonero, que hay que reducir el tamaño de un Estado al que ellos consideran, por concepto, “obeso”.
Las finanzas públicas, en realidad, están mediadas por algo que se conoce como derechos fundamentales y el financiamiento de las políticas públicas dentro de un entramado de conflicto, antagonismo y relaciones de poder en una sociedad.
Creo que es necesario, por tanto, indicar algunos elementos que dan cuenta que los “desequilibrios fiscales” nacen de la confusión de manejar las finanzas públicas como si fuesen el balance de un banco o de una empresa, y al deseo naif de eliminar el conflicto y el antagonismo que es inherente al Estado moderno, y al respecto cabe demostrar cómo el gobierno de Guillermo Lasso, cuyas principales autoridades económicas son también signatarias del “Consenso de Cusín” (Simón Cueva y Guillermo Avellán, ministro de economía y gerente del Banco Central, respectivamente), han demostrado un manejo de las finanzas públicas bastante discrecional, como puede advertirse de los siguientes ejemplos:
a. En la proforma presupuestaria para el año 2021 y presentada a la Asamblea Nacional, las autoridades económicas del gobierno de Guillermo Lasso registraron la donación que hizo el FMI en Derechos Especiales de Giro, y correspondientes a 950,8 millones de USD, en la cuenta de financiamiento, bajo la línea, cuando tenían que registrarla como ingreso no permanente extraordinario y sobre la línea. A ninguna persona del mundo se le ocurre registrar como pasivo (deuda) una donación (activo), salvo a los que reclaman en contra de los “desequilibrios fiscales” y pretenden “sanear las finanzas públicas” de forma “responsable y disciplinada”;
b. La Constitución ecuatoriana establece la regla fiscal en el Artículo 286, en virtud del cual los egresos permanentes se financiarán con ingresos permanentes, pero las autoridades económicas de Guillermo Lasso, tan preocupadas del “crónico desequilibrio fiscal”, incorporaron una cuenta que corresponde a compensaciones y liquidaciones de actividades petroleras de la empresa estatal Petroecuador (la Cuenta de Financiamiento de Derivados Deficitarios, CFDD) ¡como gasto permanente! La pregunta más obvia es ¿qué tiene que ver una cuenta de compensación de actividades petroleras de Petroecuador en el gasto permanente del Estado? ¿Han leído alguna vez la disposición del Código Orgánico de Finanzas Públicas sobre la definición de gasto permanente? La respuesta, al parecer, es evidente;
c. El ente rector de las finanzas públicas, de acuerdo a la ley, solo puede manejar la Cuenta Única del Tesoro, que está en el Banco Central, pero solo al equipo de gobierno de Lasso, se le ocurre registrar las propias cuentas del Banco Central en bancos del exterior, como si fuesen cuentas del sector público no financiero y registrar esas cuentas como variación de activos y bajo la línea.
d. En teoría económica básica se sabe que si una economía presenta un fenómeno de deflación es porque no existe capacidad adquisitiva (el nombre técnico es insuficiencia de la demanda efectiva), es decir, la economía está en recesión. En consecuencia, un ambiente de recuperación económica con deflación es una aberración teórica, pero ese es justamente el escenario que presentan las autoridades económicas para el año 2021.
Estos sencillos ejemplos, dan cuenta de la forma irresponsable, mañosa, fraudulenta, discrecional y poco transparente, además de la incomprensión de conceptos básicos de economía, con la cual estos personajes tan preocupados de la disciplina y la responsabilidad fiscal gestionan las políticas públicas. ¿Cómo creer a un Ministro de Economía que confunde activos con pasivos? Y que, además, no tiene la más remota idea de lo que es un gasto permanente.
2.- “Hemos comprobado que la situación fiscal es estructuralmente crítica … el Ecuador arrastra déficits fiscales sostenidos …”
En su segunda tesis los signatarios del Consenso de Cusín retoman algo que es un tópico para los neoliberales: el excesivo gasto fiscal que provoca un gran déficit fiscal como un problema central de la economía. Pero quizá sea el momento para desenmascarar este tópico como una estrategia ideológica más que como una realidad macroeconómica. En el presupuesto del año 2021, presentado por las autoridades económicas que firman el Consenso de Cusín, se comenten los siguientes errores de método: (i) subestiman la recaudación fiscal que es incompatible con su misma proyección de recuperación económica para el segundo semestre de 2021. Si la economía se va a recuperar en el segundo semestre del 2021, entonces ¿por qué la recaudación fiscal prevista para ese periodo es decreciente?; (ii) el precio del petróleo calculado para la proforma fue de algo más de 59 USD por barril, pero en los últimos meses de 2021, estaba ya por encima de los 80 USD, lo que significa un crecimiento sobre los ingresos no permanentes (transferencias y donaciones de capital e inversión) en al menos 50% adicional a lo calculado; (iii) Se añade, como ya se había indicado, la cuenta de financiamiento de derivados deficitarios (CFDD) al gasto corriente, pero esta cuenta CFDD es una cuenta de ingresos y gastos, pero solo se la registra como gasto en una partida que no le corresponde, y que alcanza un volumen enorme: 4,18 mil millones de dólares (más grande que todo el presupuesto para educación); (iv) no se registra, como también ya se había indicado, en la cuenta de ingresos no permanentes la donación de 950,8 millones del FMI.
El resultado es que, si se realizan las correcciones pertinentes, tendríamos: 1.200 millones de USD adicionales por exportación de petróleo, 950,8 adicionales por la donación del FMI y 4.184 millones de la CFDD que deben eliminarse de su registro contable como gasto permanente y deben registrarse por fuera del presupuesto porque son compensaciones de la empresa estatal Petroecuador. Esto nos daría un total de 6.334,8 millones de dólares adicionales, que harían desaparecer el supuesto déficit fiscal de 4.182 millones de dólares. En otras palabras, este simple ejercicio contable, da cuenta que el déficit fiscal primario de 4.182 millones de dólares que el gobierno presentó en su proforma presupuestaria para el año 2021, en realidad es una grosera manipulación de datos, con el objetivo de inventarse ex nihilo un déficit fiscal, de tal manera que se pueda justificar su acercamiento con el FMI, y las políticas de ajuste y consolidación fiscal; precisamente por eso esta proforma fiscal fue rechazada por la Asamblea Nacional.
La “situación fiscal crítica” es solamente un argumento ideológico. Sin embargo, hay algo adicional y es que en virtud de la regla fiscal contenida en el artículo 286 de la Constitución, el déficit fiscal solo puede nacer de la diferencia entre ingresos no permanentes y gastos no permanentes, y dentro del gasto no permanente, el componente más importante es el plan anual de inversiones. Es decir, si hay déficit fiscal, es porque se necesitan recursos para financiar el plan anual de inversiones, y si se financia la inversión pública, esta inversión tiene un enorme efecto multiplicador en la economía. Es por eso que, al menos en el caso ecuatoriano y con la arquitectura fiscal existente, el déficit fiscal no representa un problema macroeconómico importante. La economía puede presentar importantes déficits primarios y, al mismo tiempo, un alto nivel de crecimiento económico, como ocurrió, por ejemplo, en el año 2014. Es como si un empresario se endeudase para comprar maquinaria y tecnología para su empresa. Su flujo de caja presenta déficit, pero sus activos, en cambio, su importantes, y su producción futura está garantizada.
No obstante, tengo la ligera sospecha que los miembros del Consenso de Cusín, incluidos sus economistas neoliberales, no tengan una percepción clara de lo que es un multiplicador fiscal, a pesar que el mismo economista jefe del FMI Olivier Blanchard reconoció que los multiplicadores fiscales siempre son positivos, pero, en todo caso, estoy seguro que se horrorizarán, como lo haría cualquier creyente de cualquier secta cuando se le demuestra lo contrario a sus creencias, ante la afirmación que el déficit fiscal no es un problema macroeconómico. Con esta aseveración que el déficit fiscal no es un problema macroeconómico prioritario, no van a cambian de forma de pensar, pero al menos no es mala idea que se horroricen y griten, exasperados: ¡anatema!
3. “Creemos importante desmentir la idea de que el Estado, gracias a los ingresos que genera el petróleo está en capacidad de asumir nuevos gastos … La noción de un Estado pudiente debe ser desechada”
Me habría gustado mucho que esa frase la hubiesen dicho a mediados del año 2018 cuando el entonces Presidente Lenin Moreno remitió a la Asamblea Nacional la ley de Fomento Productivo, por la cual perdonó intereses, multas y recargos, por cerca de cuatro mil millones de dólares a los grandes grupos empresariales y bancarios del país. ¿Por qué los firmantes del Consenso de Cusín no les dijeron a los empresarios morosos con el Estado, que la “noción de un Estado pudiente debe ser desechada”? ¿Por qué, para los miembros del Consenso de Cusín, el Estado debe ser tan generoso con los poderosos pero tan cicatero con los pobres?
Pero, de otra parte, ¿por qué el Estado no puede asumir nuevos gastos con los nuevos recursos del petróleo si están hechos precisamente para eso? ¿Por qué, según ellos, hay que desmentir la idea que “gracias a los ingresos que genera el petróleo (se) está en capacidad de asumir nuevos gastos”? El petróleo es un recurso estratégico del Estado, que pertenece a los ecuatorianos, y su explotación y comercialización está creada para financiar las obras públicas que necesita la sociedad. Si el precio del petróleo sube y si con eso se puede financiar obra pública, entonces ¿por qué no hacerlo? ¿Qué pretenden hacer con esos nuevos recursos los miembros del Consenso de Cusín y que son gobierno? ¿Privatizarlos para que se los lleven sus amigos empresarios y banqueros? ¿Esconderlos en algún fondo de ahorro y ganar privadamente de sus intereses?
4. “Coincidimos en que tener equilibrio fiscal no depende del tamaño del Estado”
Pienso que es una batalla perdida que los neoliberales se desprendan de su concepto del “tamaño del Estado”. No existe, nunca ha existido y nunca existirá el “tamaño del Estado” porque el Estado moderno es una relación social, y el presupuesto fiscal no puede medirlo en absoluto, porque son variables contables que tienen que ver con el financiamiento de políticas públicas y no con relaciones políticas definidas desde el poder. El tamaño del Estado es un concepto absurdo que solo cobra significación dentro de las creencias neoliberales. Es como si se pensara en el tamaño de la ciudadanía, o en el tamaño del voto, o el tamaño del poder, así de absurda es la noción del tamaño del Estado.
De otra parte, la obsesión fiscalista de los neoliberales hace que huyan del déficit fiscal como de la peste. Tienen, con respecto al déficit fiscal, una sensación numinosa, como si el déficit fiscal fuese el súmmum de todos los males. Por ello su Nirvana es el superávit fiscal, pero si no pueden conseguirlo, al menos con el empate van contentos, es decir el equilibrio fiscal. Pero en una sociedad en recesión, con demanda efectiva insatisfecha, con altos costos de transacción, con rigidez monetaria por la dolarización, apostar por el equilibrio fiscal, cuando se trata de ayudar a la población que ha sufrido tanto por la pandemia y la crisis económica, es una verdadera locura. El equilibrio fiscal no resuelve los problemas reales de la sociedad, más bien los agrava. Pero los neoliberales nunca piensan en la sociedad, ellos tienen alma de contadores, y su pasión es la contabilidad fiscal sin complicaciones macroeconómicas ni modelizaciones matemáticas. Por eso son tan simples y predecibles.
5. “Pensamos que una política de protección social debe ser más incluyente, más redistributiva … Es verdad que el país hace un esfuerzo importante en inversión social, pero está mal dirigido. Un ejemplo son los subsidios a los combustibles que … benefician a aquellos que no los necesitan…”
Es curioso pero el tema de los subsidios a los combustibles lo puso en el debate público el FMI cuando, en marzo de 2019, le exigió al gobierno de ese entonces, que ponga el precio de los combustibles a niveles internacionales. El ex Presidente Moreno lo hizo y eso casi le cuesta su Presidencia. Tuvo que dar marcha atrás ante la contundente movilización social de octubre de 2019. Antes de esa coyuntura, no pasaba de ser un debate marginal y sin mayor trascendencia para la economía. Fue el FMI, y con él los neoliberales criollos, los que lo pusieron en el centro de la discusión. No obstante, es un debate abierto porque el FMI tiene unas cifras, el gobierno otras, y Petroecuador otras. Para el FMI el tamaño del subsidio a los combustibles es equivalente al costo de su importación, es decir, cerca de cuatro mil millones de dólares, como si luego de su importación, el combustible fuese gratis en todas las estaciones de servicio. El gobierno, en cambio, se mantiene en el mismo dato, con pocas variaciones, desde el año 2019: 1.900 millones de dólares. Nadie sabe de dónde obtiene esa cifra. Petroecuador, que es la empresa que efectivamente realiza la importación de los combustibles y los vende en las estaciones de servicio, tiene el dato de 719 millones de enero a agosto del año 2021, como la diferencia entre el costo de importación y el precio de venta, que es el dato más real. Sin embargo, Petroecuador añade a su balance, el costo de exportación de derivados que supera los 800 millones de dólares. Es decir, prácticamente no habría ningún tipo de subsidio a los combustibles. Es un negocio llevado adelante por Petroecuador que, de hecho, al final le genera una pequeña utilidad. Pero esas cifras no existen en el debate nacional y se asumen como verdades algo que aún está por clarificar, pero lo cierto es que visto en conjunto, en realidad el subsidio a los combustibles se compensa dentro del mismo modelo de negocios de Petroecuador.
Y, ¿a quién beneficia ese supuesto subsidio? Y es obvio que a toda la sociedad, porque permite una estabilidad en los precios relativos, habida cuenta que el precio de la energía es uno de los componentes claves del costo marginal. Al alterar el costo marginal, se altera todo el sistema de precios relativos y, por ende, también la capacidad adquisitiva de los trabajadores. Si se elimina ese subsidio, no se necesita mucha imaginación para suponer que los más perjudicados serán los trabajadores. Pero los neoliberales nunca han dado un debate en ese sentido. Siempre han acudido a cualquier argumento para justificar lo que en realidad es una condicionalidad del FMI. Para ellos el costo marginal es algo que aprendieron en sus primeros años de economía sin ninguna relación con la realidad, por ello no alcanzan a establecer una relación alguna entre el subsidio a la energía en todas sus formas y los costos marginales de producción y comercialización. Las relaciones epistemológicas entre conceptos, para ellos, debe ser un arcano cuyos misterios relevan del esoterismo.
6. “Consideramos que es importante repensar la política de protección social para que … promueva el empleo formal y una mayor participación de las mujeres en la vida económica”
La política de protección social debe estar integrada y ser coherente con la disposición constitucional establecida en el artículo 341: “El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud o de discapacidad”. La disposición constitucional es clara y hay que cumplirla; lo que los miembros de Cusín dicen al efecto ya consta en el ordenamiento jurídico nacional, es decir, no dicen nada nuevo; sin embargo, cabe preguntarse, ¿en dónde estuvieron los signatarios del Consenso de Cusín cuando el gobierno de Guillermo Lasso presentó la proforma presupuestaria de 2021, y redujo el presupuesto para la reducción de brechas de inequidad, de 1.435,22 millones del año 2020, a 1.084,26 millones del año 2021? En género, por ejemplo, el gobierno de Guillermo Lasso redujo el presupuesto de 391,85 millones de USD a 255,11 millones de USD; en discapacidades lo redujo de 200,35 millones de USD a 119,23 millones de USD, en juventud lo redujo de 120,16 millones de USD a 66,71 millones de USD, en programas para el adulto mayor lo redujo de 432,54 millones de USD a 255,29 millones de USD. No deja de haber un contenido de cinismo en que uno de los signatarios del Consenso de Cusín sea el mismo ministro de economía que redujo de manera tan dramática el presupuesto para la reducción de brechas de inequidad. El mismo ministro, que suscribe un documento que dice que hay que repensar la política de protección social para una mayor participación de las mujeres en la vida económica, redujo el presupuesto de género en 35%. ¿Cómo se llama eso? ¿Qué ética puede tener un documento que se basa en el cinismo?
“7. Creemos que … será indispensable gastar más en áreas fundamentales como la salud, la educación y la seguridad pública …”
En la misma línea del cinismo, la disminución que realizó el gobierno de Guillermo Lasso en las áreas de salud y educación, es la más fuerte en la última década y media. En salud, el gobierno de Lasso redujo el presupuesto en 194,96 millones de USD con respecto a la proforma de 2020, mientras que en educación redujo el presupuesto en 575,44 millones de USD con respecto a la misma proforma de 2020. Para el 2021, se destinó el 3,6% del PIB para salud, y otro tanto similar para educación. Sin embargo, la transitoria decimoctava de la Constitución establece que el Estado “asignará de forma progresiva recursos públicos del Presupuesto General del Estado para la educación inicial, básica y bachillerato, con incrementos anuales del al menos el cero punto cinco por ciento del PIB hasta alcanzar un mínimo del seis por ciento del PIB”;en el caso de la salud, la transitoria vigesimosegunda, establece un crecimiento hasta alcanzar al menos el cuatro por ciento del PIB. Entonces, ¿cómo creer que el mismo ministro de economía que redujo el presupuesto en educación en más de 570 millones de USD, ahora suscriba un documento de supuesto Consenso en el que reconoce que “será indispensable gastar más en áreas fundamentales como la salud, la educación …”? Si quería ser creíble, entonces ¿Por qué no cumplió con la Constitución y asignó a la salud y a la educación el porcentaje previsto por la Constitución? Recursos existen ¿Qué le impidió hacerlo?
“8. Creemos que es esencial fortalecer el sistema tributario, reforzar su carácter progresivo, combatir la evasión y elusión, ampliar la base de contribuyentes y contemplar la creación de impuestos verdes …”
Este es un tema interesante porque trae a colación la estructura del poder económico en el Ecuador y la justicia tributaria. En el Ecuador, la estructura fiscal se sostiene en los hombros de los más débiles y vulnerables. Un impuesto regresivo como el IVA es el responsable de la mitad de toda la recaudación fiscal. La otra mitad se divide entre el impuesto a la renta, el impuesto a la salida de divisas y los aranceles. Ahora bien, del impuesto a la renta, los más ricos de la sociedad, solamente contribuyeron con el 35% de ese impuesto, a pesar que el servicio de rentas internas, da cuenta que en el año 2019 los cerca de 300 grupos económicos más importantes del país, tuvieron ingresos superiores a los 71 mil millones de dólares. Es relevante el hecho, por ejemplo, que los medios de comunicación que tanto defienden al gobierno de Guillermo Lasso, y que se han convertido en cajas de resonancia del Consenso de Cusín, tengan el siguiente comportamiento tributario en pago de impuesto a la renta (datos a 2019): Teleamazonas, tuvo ingresos por 25,05 millones de USD, y pagó el 0,53% en impuesto a la renta; El Universo, tuvo ingresos por 34,92 millones de USD y pagó el 0,44% de impuesto a la renta; Grupo El Comercio, tuvo ingresos por 29,97 millones de dólares y pagó el 0,08% en impuesto a la renta; Ecuavisa tuvo ingresos por 64,65 millones de USD, y pagó el 2,42% en impuesto a la renta.
Uno de los signatarios del Consenso de Cusín, e invitado habitual a ponderar la doxa neoliberal en los medios de comunicación antes descritos, es el Decano de Economía de la Universidad UDLA, Vicente Albornoz. Es curioso que este personaje suscriba que es “esencial fortalecer el sistema tributario, reforzar su carácter progresivo, combatir la evasión y la elusión”, cuando su Universidad, UDLA, tuvo una facturación de 117,23 millones de dólares y pagó apenas el 0,29% de impuesto a la renta en el año 2019. ¿Por qué nunca hizo alguna mención al hecho que sus empleadores entran de lleno en lo que el Consenso de Cusín denomina la evasión y la elusión? Porque es de imaginar que, de haberlo hecho, le habría significado el despido intempestivo. Los empresarios no son nada indulgentes con aquellos que los critican desde sus mismas filas. Por ello, Albornoz defiende con pasión su puesto de Decano en la UDLA.
Entre los que firmaron el Consenso de Cusín, constan empresarios tan poderosos como Roque Sevilla, del Grupo Futuro. Para entender el cinismo que subyace al Consenso de Cusín, quizá haya que detenerse un poco en este grupo económico y en Roque Sevilla. En el año 2019, el Grupo Futuro Registra los registra los siguientes indicadores:
Personas Naturales: 11
Sociedades Nacionales: 43
Sociedades Extranjeras: 1
Instituciones Financieras: 3
Ingresos (2019): 676.591.365 USD
Impuesto a la Renta (IR) causado (2019): 11.223.063 USD
% IR causado sobre Ingresos: 1,66%
Impuesto Salida de Divisas (2019): 2.646.367 USD
Salida de Divisas (2019): 52.927.340 USD
Activos: 618.528.302 USD
Patrimonio: 276.386.627 USD
Deuda Generada con el SRI (2019): 10.744.652 USD
Aunque el grupo posee 43 empresas y ocho fideicomisos, la estructura fundamental del Futuro, y que significa cuatro quintas partes de sus ingresos, son los sectores de: (i) seguros; (ii) medicina prepagada; y, (iii) turismo. El grupo, además, también posee empresas inmobiliarias, de servicios ambientales, de productos químicos, automotriz, entre otras.
Ahora bien, los datos de ingresos de empresas del grupo Futuro que no pagaron Impuesto a la Renta oscilan entre el 0,46% de sus ingresos del año 2011 a 20,28 % de sus ingresos en el año 2019, lo que da cuenta del comportamiento estratégico del grupo Futuro que utiliza formas de elusión tributaria para consolidar sus posiciones de monopolio y poder de mercado. Entonces, que el principal de este grupo económico, Roque Sevilla, suscriba un pronunciamiento en el que indica que hay que combatir la evasión y la elusión tributaria, realmente suena a cinismo puro y duro.
“9.- Reconocemos que la dolarización nos ha brindado estabilidad económica y debe mantenerse … El riesgo país es el único indicador que refleja la percepción de si Ecuador es confiable”
Si la dolarización nos ha brindado estabilidad económica, entonces ¿por qué los miembros que firman el Consenso de Cusín no dijeron nada sobre las reformas al Código Monetario y Financiero de la Ley para la Defensa de la Dolarización, y que ponen en cuenta regresiva al sistema de dolarización? Todos los miembros del Consenso de Cusín probablemente hayan aplaudido esas reformas monetarias, pero ¿la habrán leído?, ¿saben que esas reformas le ponen al país en línea directa de la desdolarización?
Hay, en efecto, una serie de disposiciones legales que son preocupantes, pero los signatarios del Consenso de Cusín hicieron causa común para aprobar leyes que lesionan seriamente a la dolarización y que van en contra de la Constitución. Subrayo las reformas que considero más agresivas contra la dolarización:
· Los artículos 7, 8, 9, 10 y 11 de las reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero (COMYF), que establecen la conformación de una nueva Junta de Política y Regulación Financiera, plantean problemas de inconstitucionalidad, porque genera duplicidad de funciones (con la Superintendencia de Bancos), impide la armonización de política monetaria porque se separa a esta Junta de la Junta de Política y Regulación Monetaria, y porque entra en plena contradicción con el artículo 303 de la Constitución y el Art. 261 numeral 5 que establece la competencia exclusiva del Estado central sobre la política financiera y crediticia, y establecen y norman ya a la “crisis sistémica” como un escenario de desdolarización de la economía;
· Los Directorios, tanto Financiero como Monetario provienen directamente del sector financiero privado, conforme los requisitos establecidos en el numeral 3 del Art. 13.1 de la reforma: “Experiencia profesional de por lo menos diez años en funciones de dirección o administración relevantes en el ámbito monetario y/o financiero, de seguro de valores..”, lo que supone un claro ejercicio corporativo y corrupto;
· El Artículo 12 de la reforma al COMYF elimina el Art. 15 y 16 en el que se obliga a los bancos privados a tener límites en activos externos netos, porque puede generar un proceso de fuga de capitales que puede afectar al esquema de dolarización. Para que se tenga una idea de lo que eso significa, transcribo los artículos eliminados por la reforma aprobada:
Artículo 15.- Facultades macroeconómicas.La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá establecer condiciones y límites a la posición en activos externos que las entidades financieras, de valores y seguros, así como las entidades no financieras que otorguen crédito por sobre los límites que establezca la Junta, mantengan en el exterior.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá establecer condiciones y límites al endeudamiento externo que las entidades financieras, de valores y seguros y las entidades no financieras que otorguen crédito por sobre los límites que establezca la Junta, del país contraten en el exterior. Además, podrá establecer condiciones y límites a los montos de fianzas, avales, garantías o cualquier otro contingente que otorguen las entidades del sistema financiero nacional a cualquier persona natural o jurídica.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera podrá disponer que las divisas provenientes de las operaciones que ella determine, ingresen de manera obligatoria al paísy establecerá multas hasta por el monto de las divisas no ingresadas, en caso de incumplimiento de tal obligación. Dichas multas serán impuestas por el Banco Central del Ecuador. En caso de no poder cobrar estas obligaciones mediante débitos bancarios, se procederá al cobro a través de la vía coactiva.
Artículo 16.- Propuestas a la Junta. Los organismos de control, el Banco Central del Ecuador y la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán preparar y proponer a la Junta o a pedido de ésta, planes, estudios, análisis, informes y propuestas de políticas y regulaciones.
· Los artículos que codifican la independencia del Banco Central: Art. 19 (naturaleza jurídica del BCE y normativa específica), Art. 20 (Capacidad Jurídica), Art. 21 (Objetivo del BCE), Art. 22 (Autonomía Institucional), Art. 23 (Patrimonio), Art. 24 (Capital), Art. 27 (Estados financieros), son inconstitucionales porque todos ellos van en contra del Art. 303 de la Constitución, y también del Art. 261 numeral 5, que prohíben la independencia y autonomía del Banco Central, porque es incompatible con la dolarización. La autonomía del Banco Central, de hecho, es el primer paso para la desdolarización de la economía;
· El Art. 29 que reforma el Artículo 33 del COMYF y establece la Regla de Respaldo, es inconstitucional porque en el primer sistema del balance del Banco Central del Ecuador establece que en el pasivo del Banco Central se registren “cualquier otra obligación directa con el público y los depósitos de otras sociedades de depósitos, que comprenden: bancos privados, mutualistas, cooperativas de ahorro y crédito, bancos públicos con depósitos a la vista”. Esta reforma plantea que en este primer balance estos pasivos “deben estar cubiertos en un cien por ciento con los activos de la reserva internacional”. Esto violenta el numeral 7 del artículo 290 de la Constitución que prohíbe respaldar pasivos privados con activos públicos, así como el Art. 308 que establece que “la regulación y control del sector financiero privado no trasladarán la responsabilidad de solvencia bancaria ni supondrá garantía alguna del Estado”. Al establecer la reforma que: “los pasivos de un sistema de menor prelación no podrán honrarse con los activos de los precedentes” pone en riesgo las necesidades financieras para transacciones con el exterior de todo el sector público, incluyendo los GAD, que, de acuerdo a la reforma planteada, constan recién en el tercer sistema de balances del Banco Central y pone en peligro todo el sistema de políticas públicas, porque pone a disposición de los bancos privados los recursos financieros de las reservas internacionales como primera prelación, y deja sin recursos al propio sector público no financiero;
· El Art. 80 que sustituye al Art. 129 del COMYF que elimina la capacidad de fijar las tasas máximas de interés. Al eliminarse esta capacidad de establecer techos máximos a las tasas de interés, se posibilita la liberalización del mercado financiero y la conformación de burbujas especulativas financieras. Es necesario recordar que en la Ley General de Instituciones Financieras aprobada en 1994 y que condujo a la formación de la burbuja financiera especulativa que originó la crisis de 1999, existe una norma muy parecida a la reforma fue aprobada en la Ley para la Defensa de la Dolarización. En ese entonces se establecía lo siguiente: “Art. 71.- La Superintendencia dictará las normas referentes a las relaciones que deberán guardar las instituciones financieras entre sus operaciones activas, pasivas y contingentes, procurando que los riesgos derivados de las diferencias de plazos, tasas, monedas y demás características de las operaciones activas y pasivas se mantengan dentro de rangos de razonable prudencia”. Fue la laxitud de esta norma la que condujo al país a la crisis de 1999.
· Concomitante a la regla de respaldo del Art. 29, antes mencionada, está la reforma al Art. 137 del COMYF (Art. 83 de la ley de Defensa de la Dolarización) que establece que: “En caso que la reserva internacional disminuya o, pueda disminuir o alcanzar niveles que puedan poner en peligro las políticas de la Junta de Política y Regulación Monetaria, incluida la regla de respaldo establecida en este Libro, y el Banco Central no pueda remediar dicha disminución, la Junta … recomendará una política al ente rector de las finanzas públicas para remediar esta situación”.Esto violenta el numeral 3 del Art. 290 de la Constitución que establece que la deuda pública externa estará destinada exclusivamente al financiamiento de obra pública.
· La reforma al artículo 57 del COMYF elimina el control externo al BCE, por parte de la Contraloría General del Estado. Esto entra en contradicción con el Art. 211 de la Constitución, y a nivel legal con el numeral 2 del Art. 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. También es una clara violación al Art. 82 de la Constitución sobre el derecho a la seguridad jurídica, y establece un ambiente de incertidumbre y manejo opaco de recursos públicos, sobre todo monetarios.
La cuestión es, ¿alguno de los miembros del Consenso de Cusín alguna vez hicieron valer su voz y opinión para defender a la Constitución de estas reformas tan lesivas a la dolarización y a la economía nacional? ¿Presentaron alguna vez el más mínimo reparo a que se violente de esta forma la Constitución y que se ponga en riesgo la dolarización? Por ejemplo ¿saben acaso que la ley de Defensa de la Dolarización le quitó al país las herramientas para defender los recursos de los ciudadanos ante situaciones de crisis sistémica? Los recientes problemas del Banco del Pichincha, el banco privado más grande del país, le ponen a la sociedad en una situación de riesgo sistémico y no hay un solo instrumento legal para defender a sus clientes, porque fueron desmantelados por las reformas monetarias de la Ley para la Defensa de la Dolarización. Entonces, ¿han dicho algo al respecto los firmantes del Consenso de Cusín? Nunca lo hicieron, más bien todo lo contrario, utilizaron su presencia en los medios de comunicación para evitar cualquier cuestionamiento a estas reformas monetarias, y para presionar para que se aprueben.
Actualmente la dolarización pende de un hilo muy delgado. Su fragilidad radica en que los neoliberales que ahora suscriben el Consenso de Cusín dinamitaron la institucionalidad que la sostiene; entonces no deja de ser una cuestión de cinismo decir una cosa pero haber actuado de forma contrario a lo que se dice.
“10. Creemos que la política tributaria debe fomentar la equidad y debe estar balanceada con las que promueven el crecimiento. Los ingresos tributarios deben alcanzar para financiar el gasto corriente sin desalentar la inversión y la creación de riqueza personal”
Como se había indicado anteriormente, por supuesto que la política tributaria debe fomentar la equidad y, de hecho, esos son los principios de la recaudación establecidos en el Artículo 300 de la Constitución: “El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos”. Puede advertirse también que ninguno de los miembros que suscriben la Declaración de Cusín han leído a fondo la Constitución, porque sabrían que la regla fiscal establecida en el artículo 286 establece que el egreso permanente se financia con ingreso permanente, por lo tanto el presupuesto fiscal, por norma Constitucional, ya está balanceado ex ante. La misma Constitución protege al gasto corriente del ciclo económico, y lo separa del cálculo del déficit fiscal. En el Ecuador, el gasto corriente no incide, por la regla fiscal constitucional, en el resultado primario.
Entonces el debate es otro, por ejemplo, si se propone un impuesto al patrimonio neto de los grandes grupos económicos (965 personas naturales, tenían un patrimonio, a 2019, de 45,56 mil millones de USD, y activos por más de 125 mil millones de dólares), ¿los signatarios del Consenso de Cusín lo van a apoyar? Por ejemplo, ¿apoyarían a que Fidel Egas, principal del grupo del Banco del Pichincha, con activos por 17.681 millones de dólares, y un patrimonio de 3.590 millones de dólares pague un impuesto sobre esos activos y ese patrimonio? Y así como él, ¿lo hagan, por ejemplo, la familia Eljuri, el grupo la Favorita, entre otros? Es difícil que lo suscriban porque si se lo hace eso podría “desalentar la inversión” y la “creación de riqueza personal”. Si ellos dicen que los “ingresos tributarios deben alcanzar para financiar el gasto corriente sin desalentar la inversión y la creación de riqueza personal” significa que están en contra de cobrar impuestos a los ricos, y, en cambio, de cobrar más impuestos a los pobres. Como puede apreciarse, la sensación de cinismo crece conforme se avanza en los puntos del Consenso de Cusín.
“11. Sabemos que los ingresos tributarios están por debajo del promedio regional y que podrían aumentar”
La CEPAL ha establecido que la evasión tributaria, para el caso del Ecuador, alcanzaría los 7.600 millones de dólares. Luego de las revelaciones de los Pandora Papers, y de los paraísos fiscales, es probable que esa sea una cifra subestimada. De hecho, los depósitos de residentes en el exterior alcanzaban la cifra de 35 mil millones de dólares. Entonces, si hay que incrementar los ingresos tributarios por la vía de impuestos directos y progresivos a las grandes fortunas, por supuesto que habría que hacerlo. Pero el texto de los firmantes de Cusín no se refieren a eso. En realidad, están pensando en el IVA, y quieren comparar el IVA del Ecuador, que se paga en dólares, con el IVA de otros países de la región y que por supuesto que es más barato (porque es el único país de Sudamérica dolarizado). Va por ahí su referencia al hecho que los ingresos tributarios están por debajo del promedio regional. Quieren crear el consenso social para incrementar el IVA, porque, en realidad, los datos sobre la presión fiscal del Ecuador lo ponen en la media de los países de la región.
“12. Pensamos que el país debe tener reglas fiscales claras, flexibles, conocidas y aceptadas por la nación. Solo así serán legítimas. La responsabilidad fiscal es un asunto de sentido común y no depende de la visión ideológica. Es imposible hacer política fiscal sin un riguroso manejo fiscal”
¿A qué se refieren exactamente los que suscriben el Consenso de Cusín con eso de reglas fiscales claras, flexibles, conocidas y aceptadas por la nación? Pienso que se refieren a las reglas fiscales que el FMI definió en las páginas 19-20 (Box 3. Priority Changes to the Fiscal Framework), del acuerdo suscrito en marzo de 2019, y que consta en el documento IMF Country Report No. 19/79.
Ahí el FMI define las denominadas reglas macrofiscales, que luego se incorporarían en el Art. 177 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, a través de las reformas legales contenidas en la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas aprobada por la Asamblea Nacional a mediados del año 2020.
Se puede advertir, en efecto, que la serie de reformas que constan a continuación del artículo 177 del COPLAFIP, y que se establecen en el artículo 40 de la Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas, bajo la siguiente denominación: “Título IV. De las Reglas Fiscales”, altera de forma radical todo el ordenamiento jurídico de la política económica, la política fiscal, el régimen de desarrollo y el régimen del Buen Vivir previstos en la Constitución. En esta nueva ley se incorporan los siguientes articulados con relación a nuevas reglas fiscales de austeridad y consolidación fiscal:
a. “Ámbito de aplicación de las reglas fiscales”;
b. “Ingreso permanente y egreso permanente del Sector Público No Financiero y de la Seguridad Social”;
c. “Regla de deuda y otras obligaciones de pago del sector público no financiero y Seguridad Social”;
d. “Disposiciones sobre el endeudamiento para Gobiernos Autónomos Descentralizados”;
e. “Disposiciones sobre el endeudamiento para empresas públicas”
f. “Disposiciones para endeudamiento para entidades de la Seguridad Social”;
g. “Metas anuales del resultado primario total y no petrolero del Sector Público No Financiero y Seguridad Social”;
h. Regla de gasto primario computable para los Gobiernos Autónomos Descentralizados”;
i. “Requisitos para financiar los gastos de la Seguridad Social con recursos del Presupuesto General del Estado”;
j. “Determinación de objetivos, límites y metas fiscales totales del SPNF, la Seguridad Social y del Presupuesto General del Estado”;
k. “Determinación de metas fiscales sectoriales”;
l. “Publicación de las metas fiscales para el conjunto de las entidades del Sector Público y la Seguridad Social”;
m. “Medidas automáticas”;
n. “Advertencia de riesgo de incumplimiento”;
o. “Medidas correctivas”
p. “Plan de fortalecimiento y sostenibilidad fiscal”;
q. Art. 41, reforma al Art. 178.- Responsabilidades
r. Reforma al Art. 179.- Infracciones;
s. “Art. 180.- Responsabilidad por incumplimiento de las reglas fiscales”
Como puede apreciarse, no se trata solamente de armonizar, afinar o definir con mayor precisión las reglas fiscales existentes, sino crear nuevas reglas fiscales desde una visión totalmente diferente y que proviene desde la austeridad y la consolidación fiscal establecida por el FMI, y que fracturan de manera radical el ordenamiento jurídico, porque van en contra de la autonomía que tienen instituciones como los gobiernos autónomos descentralizados, las universidades, el sistema de seguridad social, las empresas públicas, entre otros.
No solo eso, sino que son reglas fiscales imposibles de cumplir, como aquella del resultado primario no petrolero para los GAD, o las universidades o el IESS, o la regla del gasto computable que se ha diseñado específicamente para los GAD, o la regla del crecimiento del gasto. En efecto, y por ejemplo ¿qué tiene que ver el IESS con el resultado primario no petrolero? ¿Cómo va a calcular el ISSPOL o el ISSFA el resultado primario no petrolero?
Los firmantes del Consenso de Cusín aplaudieron estas nuevas reglas fiscales que han desordenado toda la arquitectura institucional en finanzas públicas. Nunca les importó que esas nuevas reglas fiscales afecten a la autonomía de los GAD, de las universidades, de la seguridad social, porque quizá nunca las entendieron a cabalidad.
Pero el cinismo continúa, porque la regla fiscal del artículo 286 de la Constitución que define la relación entre ingresos y egresos permanentes, además, nunca fue cumplida por Simón Cueva, ministro de economía de Guillermo Lasso y uno de los firmantes del Consenso de Cusín. En la proforma del año 2021, este ministro añade una cuenta petrolera a los egresos permanentes, mientras que en el plan nacional de desarrollo, propone un ajuste radical que implica una reducción de 4,2% del PIB en gastos corrientes para todo su periodo, de manera independiente de los ingresos permanentes.
Entonces, con qué calidad moral pueden decir que la “responsabilidad fiscal” es de “sentido común” y que no depende de la visión ideológica, cuando ellos han desbaratado toda la institucionalidad construida para manejar las finanzas públicas de acuerdo a su propia ideología, y han desobedecido preceptos constitucionales para alinearse con el FMI. ¿El hecho de infligir la Constitución para cumplir preceptos del FMI no es acaso una muestra de una clara visión ideológica? ¿No existe acaso nada más ideológico que la visión del excesivo tamaño del Estado? ¿No es ideología pura y dura pensar que los mercados son el único mecanismo de regulación social y que nada ni nadie debe regularlos y controlarlos? ¿No hay acaso personas más ideológicas en el mundo que los neoliberales? Entonces, ¿de qué nos quieren convencer?
“13. Subrayamos que no hacer nada para cambiar la situación actual tiene para la población … un costo social que supera el esfuerzo al que estamos convocados para alcanzar una senda de desarrollo sostenible…”
En este último punto, los firmantes del Consenso de Cusín pasan del cinismo al chantaje. Ellos saben que no tienen espacio social para proponer nada porque no tienen ni legitimidad ni credibilidad en el país. ¿Cómo creer, por ejemplo, en Augusto de la Torre, el causante directo de la crisis financiera y monetaria de 1999-200? ¿Cómo creerle a Alberto Dahik, sentenciado por corrupción y otro responsable directo de la mayor crisis económica en la historia del país, aquella de 1999? ¿Cómo creer a Abelardo Pachano, un siniestro personaje que estuvo detrás de la sucretización y de los programas de ajuste neoliberal de los años ochenta? ¿Cómo creer en Roque Sevilla, un empresario al que no le importa incumplir con las leyes y regulaciones para imponer su propio modelo de negocios (su Hostería Mashpi es un ejemplo de ello)? ¿Qué calidad moral tiene la ex ministra de gobierno de Lenin Moreno, María Paula Romo, que ha sido acusada de crímenes de lesa humanidad, para proponer al país una visión de paz social?
El Consenso de Cusín nació muerto. Es un intento desesperado de las elites más corruptas e indolentes, por salvar a su gobierno, el de Guillermo Lasso, de una caída que cada vez parece inminente. Es un intento bastante simple y grotesco de maquillar la violencia y la corrupción del neoliberalismo, de la cual ellos mismos son responsables. Es un intento de cubrir la colonización a la política económica por parte del FMI y presentarla de forma amigable. Pero la población, como ellos denominan a la sociedad ecuatoriana, los conoce bastante bien. Saben de su catadura y contextura ética y moral. Saben que no son personas de confianza. Saben que el Consenso de Cusín es solo otra jugada más en el tablero del poder, para confundir, engañar y manipular. Pero esta vez la sociedad ecuatoriana está advertida de esa maniobra y, precisamente por eso, esta jugada de la derecha más extrema es ya un fracaso político.
Tomado del Blog de Pablo Dávalos