Por Erika Sylva Charvet
A doscientos años de la Batalla del Pichincha del 24 de mayo de 1822 que nos liberó del imperio español, hoy se nos impone la urgencia de renovar la acción libertaria de nuestros/as próceres frente a otro imperio, los EEUU y sus pretensiones de retrocedernos más de 500 años y convertirnos nuevamente en colonia, en complicidad con el gobierno de Guillermo Lasso.
Y es que el proyecto de “Ley de Asociación entre Estados Unidos y Ecuador de 2022”, en gestación desde el renovado injerencismo de la Embajada imperial en nuestros asuntos internos durante el gobierno cipayo de Moreno (2017-2021), se origina en la cúpula del poder de los EEUU de América. Con siete senadores como sus promotores, sería aprobado y promulgado por el Senado y la Cámara de Representantes y rubricado como ley por el propio Presidente de los EEUU.
El documento se congratula por ciertos acontecimientos y acciones registrados en los últimos años en Ecuador en el marco de dicho injerencismo: el camino “para el progreso continuo” hacia la democracia, abierto con los resultados electorales de 2021; el desempeño del “sistema de justicia” en su combate a la “corrupción, la criminalidad y el fortalecimiento de la rendición de cuentas”, evaluación que contrasta con gran parte de los diagnósticos realizados entre 2017-2022: déficit total en la rendición de cuentas de los gobernantes; incremento sin precedentes de los niveles de inseguridad y criminalidad, paralelos a la negligencia de las autoridades para resolverlos; y la institucionalización de la judicialización de la política orientada al aniquilamiento del adversario, especialmente al opuesto a la política y modelo neoliberales. ¿Son esos, acaso, los “actores antidemocráticos” a los que se refiere vagamente el documento como “riesgos para la gobernabilidad democrática”? Siendo así, esta pretendida ley se encaminaría a arrrasar el debilitado Estado de Derecho que hoy tenemos, reforzando su tendencia hacia una institucionalidad fallida, y las correspondientes prácticas autoritarias de contención del creciente malestar social.
Porque, en consonancia con la voluntad de poder de donde nace esa norma, las decisiones y estrategias que planea implementar en Ecuador emanarían de las altas esferas económicas y políticas estadounidenses: el Secretario de Estado, el Secretario de Comercio, el Secretario del Tesoro, el Representante Comercial de los EEUU, siendo administradas por la Agencia de los EEUU para el Desarrollo Internacional (AID). Esta ejecución abarcaría todos los ámbitos de la vida del país (económico, social, político, internacional, tecnológico y de seguridad), incluyendo las instituciones públicas de la alta política, así como organizaciones de la sociedad civil (sociales, gremiales, étnicas, de género, etc), otorgándose hasta prerrogativas de “revisión” de las inversiones en sectores estratégicos y de selección y contratación de proyectos de infraestructura.
Las premisas de las que parte este plan, son las de que Ecuador y EEUU tienen “intereses mutuos” y “comparten intereses estratégicos”. Pero, ¿desde qué lugar se define lo “mutuo” y lo estratégico? ¿Desde la Constitución ecuatoriana o desde las altas esferas estadounidenses? ¿No es acaso a estas últimas a las que les interesa impulsar un mundo unipolar favorable a los negocios de sus multinacionales, con sus políticas económicas “abiertas”, desregulatorias, radicalmente neoliberales, como las contenidas en el proyecto que han ideado para el Ecuador, contradiciendo los mandatos de nuestra Constitución de Montecristi (2008)? ¿Acaso Ecuador y EEUU comparten la “condena a toda forma de imperialismo, colonialismo, neocolonialismo” y a la “injerencia de los Estados en los asuntos internos de otros Estados”, según lo ordenan los principios de las relaciones internacionales establecidos en nuestra Carta Magna (Art. 416, num 3, 8)? De hecho, la ley de marras explicita el interés estratégico de los EEUU en esta proyectada “asociación” con Ecuador, al afirmar que constituye una “….oportunidad para profundizar los intereses fundamentales de seguridad nacional de los Estados Unidos […] para mantener un hemisferio occidental […] resiliente a la influencia extranjera maligna”, “malignidad” a la que se refiere de manera persistente a lo largo del documento ora como “malignos actores extranjeros y nacionales”, o como “actores estatales y no estatales malignos” o como ”influencia dañina” o “negativa”.
¿En qué artículo de la Constitución ecuatoriana o de su marco legal se han caracterizado los tipos de asociación entre países o Estados según los criterios de benignidad o malignidad? ¿Ha definido el Ecuador, en alguna parte, a países o actores según criterios de “bondad” o “maldad”, “negatividad” o “positividad”? ¿Países, bloques de países o fuerzas que le produzcan daño o perjuicio como tales? Evidentemente, no. En cambio, Estados Unidos ha sido históricamente, el campeón de las estigmatizaciones, definiendo como “ejes del mal”, a países que han defendido con firmeza y decisión sus principios de soberanía y autodeterminación. Entonces, no es desde el interés “estratégico” del Ecuador que ese documento afirma taxativamente que la cooperación con la República Popular China constituye uno de los “importantes desafíos” para el Ecuador, porque lo “vulnerabiliza” en materia económica, ambiental, de “gobernabilidad democrática” y de seguridad, sino desde el interés geopolítico intrínseco de la potencia del Norte, para la que China y Rusia, se han erigido, según reiteradas declaraciones, en sus “principales desafíos” en el siglo XXI.
Nada más ajeno a los preceptos de las relaciones internacionales del Ecuador que identificar como “peligroso” o “amenazante” a un país amigo. De hecho, implica violar abiertamente los principios encaminados a promover “la conformación de un orden global multipolar […] el fortalecimiento de las relaciones horizontales para la construcción de un mundo justo, democrático, solidario, diverso e intercultural”, así como el fomento a “un nuevo sistema de comercio e inversión entre los Estados que se sustente en la justicia, la solidaridad, la complementariedad, la creación de mecanismos de control internacional a las corporaciones multinacionales y el establecimiento de un sistema financiero internacional, justo, transparente y equitativo”, taxativamente ordenado en nuestra Constitución (Art. 416, num 10 y 12). De aceptarse el enfoque geopolítico de Estados Unidos en nuestras relaciones internacionales, el Estado ecuatoriano quedaría peligrosamente supeditado a lo que este defina según sus intereses como “países malignos” o “benignos
En varios momentos de nuestra historia hemos vivido verdaderas emboscadas a la soberanía nacional-popular por parte de las oligarquías gobernantes: la traumática firma del Protocolo de Río de Janeiro en el gobierno de Carlos Alberto Arroyo del Rio (1942); la entrega de la Base de Manta a los EEUU por el gobierno de Mahahuad (1999); o el más reciente “permiso” dado por el gobierno de Moreno para la operación de los aviones de la potencia del Norte en las islas Galápagos (2019). Pero, de materializarse este plan neocolonial, la felonía del gobierno de Lasso sería más extensiva y profunda, pero también más camuflada, porque bajo el membrete de “cooperación internacional”, lo que buscaría es constituir al Ecuador, su Estado y sociedad civil, en un espacio ocupado de facto por el Estado estadounidense en todas sus esferas. No solo que con ello se violaría flagrantemente el principio fundamental de soberanía nacional, sino todos los principios y mandatos de la arquitectura institucional establecidos en la carta política que el gobierno y todas las autoridades tienen la obligación de cumplir y precautelar. ¿Estamos dispuestos como pueblo a permitir esta nueva traición?