La historia nos puede ayudar a contestar esta pregunta. El 26 de julio de 2000, el presidente de la República de aquel entonces, Dr. Gustavo Noboa, firmó el decreto N.º 618 que autorizaba al ministro de Economía y Finanzas, Luis Iturralde, a efectuar la emisión de bonos denominados “Bonos Global”, destinados exclusivamente a la reestructuración de la deuda externa de la República del Ecuador. Después de la cesación de pagos, realizada por Jamil Mahuad en septiembre de 1999, los acreedores externos presionaron al nuevo gobierno por una renegociación.
Sin embargo, tal como lo demuestran los hechos, la renegociación del 2000 estuvo plagada de ilegalidades, sometimiento de los acreedores, e inconsistencias. La ilegalidad: se pagó con Bonos Global los honorarios de la compañía Salomon Smith Barney (SSB) por USD 42,6 millones, denuncia presentada por el ex presidente de la República, Ing. León Febres Cordero, ante el Congreso Nacional, el 21 de mayo del 2003. El sometimiento: se impidió la recompra de la deuda y se preanunció los términos favorables de la renegociación. Esto benefició claramente a los acreedores y no al país. Inconsistencias: en un apunte de economía del Banco Central del Ecuador (BCE), el economista Mauricio Pareja (funcionario del Gobierno de Noboa) señaló que “el incremento en el valor nominal de la deuda externa, se produce a pesar de que el Ecuador obtuvo un descuento” por las renegociaciones de los Bonos Brady y Global.
La emisión de Bonos Global 2012 debía ser por USD 1 250 millones y USD 2 700 millones por los Bonos Global 2030. Con esto el Ecuador alcanzaba una reducción en su deuda comercial cercana al 40 %. Sin embargo, el Decreto N.º 618 señalaba una emisión mucho mayor para los Bonos Global 2030: USD 4 500 millones. Bajo estos números, la reducción fue solo de 10,94 %. La totalidad de Bonos Brady era por USD 6 456,7 millones.
Además, el mismo decreto señalaba que la tasa de interés por los Bonos Global 2012 era de 12 % (fija) y la tasa de interés por los 2030 aumentaba año a año hasta llegar a 10 % en 2007. El resultado de la renegociación es que no existió tal reducción, ni alivio, si se toma en cuenta el pago por USD 722 millones al inicio de la misma, y el servicio a la deuda que se canceló en los años posteriores.
Esta renegociación fue una de las razones que esbozó la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público (CAIC) para sustentar la ilegitimidad y el default selectivo de la deuda en noviembre de 2008 (revisar “las consideraciones jurídicas de la operación” de los Bonos Global, pág. 58 del Informe Final Resumen Ejecutivo). Hay que señalar que la renegociación de la deuda realizada en 2009 fue muy distinta a la alcanzada en el 2000: el Estado ecuatoriano propuso el precio máximo de los bonos a pagar, su disposición a comprar y no reestructurar la deuda, nunca realizó preanuncios que dañaran los intereses del país y disminuyó el monto de la deuda.
Por lo tanto, con una renegociación en camino, liderada por Richard Martínez, es importante estar atentos a: i) la tasa de interés a pagar por la nueva emisión de bonos; ii) constatar la reducción del monto de la deuda externa; iii) verificar la reducción de la presión a la caja fiscal; iv) recobrar el mercado de capitales; y, v) la cancelación de honorarios a la firma o compañía intermediadora y asesora. Esta advertencia está basada en que la política económica del actual ministro de Economía está totalmente en función de los acreedores y no del país: se ejecutó la cancelación de USD 1 200 millones, en medio de la peor crisis sanitaria, sin transparentar previamente cada pago.
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