Carlos Andrés Sarango

Para empezar, es necesario realizar dos aclaraciones importantes. A lo largo del presente artículo se hace uso de dos puntos de vista que serán definidos como lo que nos hacen creer y lo que verdaderamente sucede. Debe, por lo tanto, comprenderse al primero como una descripción fenoménica del tema en cuestión, construida (nueva forma de cálculo) por sus actores como realidades compuestas de profundas defensas, pero solo responde a racionalidades económicas en amparo de reales y específicas contradicciones que paradójicamente reproducen la continuidad de las mismas y, a la vez, se legitiman como procesos democráticos. Más específicamente: procesos racionales que consecuentemente abarcan el consenso general en la simple “aceptación de todos”.

Lo que nos hacen creer hace alusión a la apariencia falsa, al disfraz o al maquillaje del que está dotado este nuevo método para determinar el Salario Básico Unificado (SBU). Debe ser considerado, entonces, como un llamado al análisis para el descubrimiento de verdaderas intenciones, finalidades e incluso intereses particulares.

Por otro lado, lo que se define como lo que verdaderamente sucede no puede ser otra cosa más que el desenmascaramiento del nuevo proceso llamado “racional” (por ser llevado a través de la tecnicidad), cuando la real acción se encuentra al cuestionarnos la finalidad de este proceso.

Es también necesario considerar el procedimiento que hasta la fecha ha sido utilizado para determinar el SBU. Esta metodología dictaba que: los representantes del sector obrero, junto a los representantes del sector empresarial, ante el Ministerio del Trabajo como mediador, llegaban a un acuerdo; en el que se trataba, máxime, de llegar a un pacto en buenos términos, estableciendo así el nuevo SBU. En casos en los que no exista un acuerdo entre las dos partes el Ministerio de Trabajo asumía la responsabilidad de fijar el nuevo SBU dando como resolución un estimado que satisfaga a las dos partes. Esto es lo que nos hacen creer.

Este procedimiento, por lo tanto, no es en absoluto racional, pero sí político. No solo es superficial a toda regla, sino que desvía el real carácter de la finalidad. Lo que aparentemente se trata de una “mediación de intereses” es mucho más que eso, puesto que lo que se logra, ante la puja de menos o más aumento del SBU, es, entre otras cosas, una abstracción comercial. Por un lado, está el bloque de los “demandantes de fuerza laboral” y por el otro los “oferentes de la fuerza laboral”, estos dos debaten superficialmente intereses contrarios, todo reducido a la oferta y la demanda, que de todos modos terminarán en un acuerdo. Por tanto la pregunta clave es: ¿cuál es realmente el acuerdo al que llegan? Pues simple, lo que están haciendo es determinar el valor mínimo a la fuerza de trabajo para el año entrante y quien termina por legitimar todo el proceso es el mismo Ministerio de Trabajo. Esto es lo que verdaderamente sucede.

En una reflexión más amplia podría analizarse otras dimensiones que causan esta abstracción comercial, cuestionarse por ejemplo: de donde surge el real valor del trabajo cuando paradójicamente es éste el que produce la plusvalía; o esa evidente tendencia a que el SBU sea mínimo respondiendo a clásicos, pero siempre profundos procesos de acumulación de capital como lo es la plusvalía relativa. Sin embargo, esto quedará en parte para la argumentación de lo que a continuación se plantea y en parte para la reflexión del lector.

Raúl Ledesma, Ministro del Trabajo, en entrevistas a distintos medios de comunicación ratificó la necesidad de crear un nuevo procedimiento para determinar el SBU. La propuesta principal se centra en que personas afines al tema, técnicos, ingenieros, y demás, se encarguen de determinar el nuevo SBU haciendo uso de indicadores sociales como: la rentabilidad de las empresas, el crecimiento económico proyectado, la inflación y la canasta básica.

Este procedimiento, en apariencia, supera la “superficialidad” del proceso anterior, llevando al establecimiento del SBU de una instancia meramente política a una instancia racional-técnica, que no solo conlleva procesos consecutivos y afines, sino también que respalda teórica y técnicamente su conclusión. Esto es lo que nos hacen creer.

Lo que realmente sucede puede explicarse en dos niveles: uno general, pero asociado más profundamente con la finalidad, y uno sintético que ponga sobre la mesa la discusión diferenciada con cada indicador, proceso y demás.

En términos generales y sin la necesidad de entrar en debate sobre los procedimientos, técnicas o indicadores, etc., podemos decir que la transición del procedimiento del SBU de meramente político a racional, conlleva dos connotaciones primordiales. La primera, es que este nuevo procedimiento se enmascara como un proceso racional y con todo lo que eso significa logra una legitimación permanente, profunda y casi inexpugnable de las contradicciones fundamentales que en parte se describieron antes y que no harán más que cumplir más eficientemente su cometido. Este enmascaramiento produce una autoridad máxima de veracidad, que a su vez provoca la renuncia al debate sobre su real naturaleza.

La segunda connotación es que, a causa de la ceguera por la racionalización, la finalidad de este nuevo procedimiento es casi imperceptible detrás del oscuro disfraz, aunque esta siga siendo la misma del proceso anterior: determinar un valor mínimo a la fuerza de trabajo para el año entrante, con la diferencia de que en el proceso anterior se utilizaba un procedimiento para nada racional… pero ahora quedan “superadas” esas informalidades, eso sí, a costa del alejamiento del sector obrero en la determinación del SBU. Esto es lo que verdaderamente sucede.

Por esta razón, es preciso reflexionar con profundidad y especificidad sobre algunos de estos aspectos que se han venido definiendo como “contradicciones fundamentales” dentro de este nuevo modelo propuesto por Ledesma. Uno de los indicadores de los que habla el ministro es: la rentabilidad de las empresas. La relación que tiene lugar en la consideración de este indicador, no puede ser otra más que: mientras más rentable es la empresa, más apertura al aumento del SBU. Esto es lo que nos hacen creer.

Lo que realmente pasa, al hacer uso de indicadores como éste, es que al concebir el hecho de mayor rentabilidad igual a mayor aumento del SBU se está abstrayendo, una vez más, un proceso más complejo. La rentabilidad de una empresa realmente se determina, en resumidas cuentas, en la relación de la ganancia que ésta genera actualmente o podría generar. Por tanto, se desarrolla una mayor producción y consecuentemente procesos más extensos que van desde la mayor utilización de fuerza laboral hasta la acumulación garantizada de capital. Sin embargo, quedándonos en este primer razonamiento, bien puede derivar una conclusión aparentemente simple:

El aumento del SBU responde, por tanto, a esta nueva proporción de producción y previsión de ganancia. El trabajador gana “más” produciendo “más” y desvalorizando a la vez el trabajo socialmente necesario que necesita para reproducirse (entiéndase que este proceso es de carácter nacional y sí permite hacer este tipo a aseveraciones). Desvalorización que permite la idea ilusoria de aminoramiento del costo de vida, cuando realmente esta desvalorización genera cíclicamente un modesto aumento de SBU y, sin embargo, a su vez garantiza una proporción más grande de “ganancia”, lo que en verdad es acumulación de capital. Esto es lo que verdaderamente sucede.

Se puede analizar con detenimiento cada uno de estos indicadores, aspectos metodológicos, etc. No obstante, por un lado, debe tenerse clara la real naturaleza de cada uno y, por otro, recordar la real finalidad que implica este nuevo procedimiento. Será tarea del lector establecer las revelaciones o desenmascaramientos pertinentes de cada uno de estos aspectos.

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