Por Adoración Guamán

El día 28 de junio de 2022, el Tribunal de Apelación de la Haya confirmó una decisión del Tribunal del Distrito de la misma ciudad, que en el año 2020 había sentenciado que el laudo adoptado por un tribunal internacional de arbitraje respecto del caso Chevron contra Ecuador, en el año 2018, estaba debidamente motivado y era conforme al orden público y a la ley aplicable. Dicho en otras palabras, y para que se pueda mesurar la gravedad de esta decisión, un tribunal holandés acaba de ratificar que la transnacional petrolera Chevron tuvo (y tiene) impunidad para violar los derechos humanos y aniquilar el medio ambiente. Al mismo tiempo, ese tribunal holandés acaba de sentenciar a miles de personas en Ecuador, y a la Amazonía ecuatoriana, a la total indefensión y a no cobrar una indemnización de 9.500 millones de dólares que les debe la empresa. Es más, la sentencia reciente confirma que un tribunal de arbitraje, aplicando un Tratado Bilateral de Inversión, puede ordenar a un Estado la no ejecución de una sentencia firme, imponiéndole un comportamiento contrario su ordenamiento jurídico y a los intereses de su población y favorable al enriquecimiento ilícito y al comportamiento criminal de una empresa transnacional.

La gravedad de la situación amerita recuperar el relato del Caso Chevron, una historia de expolio, corrupción, captura del Estado, violaciones de derechos humanos, depredación ambiental y subversión democrática, pero, también, de luchas sociales con victorias remarcables.

Desde el año 1962 y durante casi 30 años, hasta 1992, la empresa petrolera Chevron, entonces Texaco, extrajo petróleo de la Amazonía ecuatoriana. Aquellas operaciones se caracterizaron por una doble realidad: fueron extremadamente rentables para la empresa y generaron una contaminación sin precedentes, devastando casi medio millón de hectáreas de selva amazónica. Rentabilidad y catástrofe estuvieron vinculadas de manera inextricable en lo que se ha llegado a denominar el «Chernobyl ecuatoriano», una catástrofe mayor que la del Exxon Valdés. Desde entonces hasta la actualidad, las demandas de las víctimas contra la transnacional han dado lugar a procesos judiciales en distintas jurisdicciones nacionales, internacionales y foros regionales.

En 1993, las víctimas demandaron en Nueva York a Texaco Petroleum Company por daños ambientales. La utilización de la doctrina del foro de no conveniencia por los tribunales en Nueva York y la petición y compromiso explícito de la empresa de ser juzgada en Ecuador llevó a las víctimas a demandar a la empresa ante la jurisdicción donde se cometió el daño y los mismos demandantes comparecieron al año siguiente ante los tribunales ecuatorianos para continuar su juicio contra Chevron. En esta ocasión, la Corte Provincial de Sucumbíos emitió la primera sentencia condenatoria contra Chevron en 2011, ratificada en 2012. Posteriormente, la empresa interpuso un recurso de casación contra la condena, que ascendía a 9.500 millones de dólares, que fue rechazado por la Corte Nacional del Ecuador en el año 2013. Chevron también perdió el caso ante la Corte Constitucional, que con su sentencia de julio de 2018 cerró definitivamente el proceso en Ecuador. La sentencia debía ser ejecutada, la empresa transnacional había sido declarada culpable y el sistema judicial ecuatoriano había reconocido el acceso a la justicia de las víctimas y su derecho a reparación.

Evidentemente, Chevron no se iba a dejar doblegar, mucho menos por un conjunto de personas humildes, defendidas por un abogado del propio territorio en lucha (el gran Pablo Fajardo) y ante un tribunal de un país del Sur Global. Así, y aunque la sentencia condenatoria era firme desde el año 2012, nunca fue ejecutada. Chevron salió del Ecuador en 1992 dejando en sus cuentas bancarias 360 dólares. Por este motivo, y a efectos de obligarla al pago de la indemnización, las y los demandantes vieron obligados a instar la ejecución de la sentencia en los países donde se identificaron activos de Chevron. Se iniciaron acciones para el reconocimiento y ejecución de la sentencia en Brasil, Argentina y Canadá, pero no se ha podido atrapar a la empresa: la interposición de diversas estructuras societarias, de filiales y subsidiarias ficticias en distintos países; la permanente acción de Chevron interfiriendo en el proceso; el lobby político y la captura corporativa, siguen impidiendo la reparación efectiva.

Pero la historia de obstáculos trasciende de los levantados por la empresa en el proceso de las víctimas contra ella. Chevron contratacó con una ofensiva contra el Estado ecuatoriano y las víctimas, sus abogados y sus representantes, apoyado en el trabajo de más de 2 mil abogados y lobistas.

Por un lado, en el año 2011, hubo un ataque directo de Chevron contra los abogados y representantes de las víctimas, a quienes la empresa demandó en Estados Unidos acusándolos de extorsión. Esta ofensiva contra quien defiende los derechos humanos continúa hoy en día. Por otro lado, y con importancia fundamental, Chevron ha utilizado desde el año 2004 los mecanismos de arbitraje comercial para proteger sus intereses como inversor extranjero en el Ecuador, eludir la justicia ecuatoriana, obstaculizar el acceso a la justicia de las víctimas y romper el Estado de derecho en el país. En concreto, la empresa planteó tres demandas contra este Estado por violación del Tratado Bilateral de Inversiones firmado entre Ecuador y Estados Unidos. Este tratado se firmó en 1993 pero su entrada en vigor no se produjo hasta 1997, años después de la finalización de la inversión de Chevron en Ecuador y de su abandono del país. En los tres casos la utilización del mecanismo de arbitraje de inversiones ha respondido a una actuación defensiva de la empresa, persiguiendo el objetivo de utilizar la vía del arbitraje para obtener la impunidad frente a las condenas recaídas en la jurisdicción ordinaria.

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El caso Chevron III comenzó el 23 de septiembre de 2009. Las dudas jurídicas que presenta este caso son innumerables. El tribunal arbitral se consideró competente al amparo de un tratado que no estaba en vigor en el momento de la inversión. Para ello, amplió el concepto de inversión protegida hasta el punto de integrar dentro del mismo la firma de una serie de contratos entre la empresa y los gobiernos de turno en Ecuador fechados en 1995, 1996 y 1998. Aquellos contratos, reflejo absoluto de una operación de captura corporativa, comprometían a la empresa a realizar unos mínimos trabajos de reparación. A cambio de una mínima actuación de limpieza, irrelevante respecto de la magnitud de la catástrofe, el Estado se comprometió a no interponer acciones en su contra relativas a la contaminación, conocida y probada del territorio amazónico. En otras palabras, la exoneró de cualquier responsabilidad frente a actuaciones públicas en su contra. En ningún momento se comprometió sin embargo la acción de los particulares contra Chevron.

Considerándose impune gracias a estos contratos de liberación, protegidos en opinión de la empresa por el TBI, Chevron afirmó en el proceso de arbitraje que la República del Ecuador había cometido una conducta «atroz e ilícita» al permitir la demanda de las víctimas en Lago Agrio. Posteriormente, en pleno proceso, la empresa afirmó que la sentencia no debía ejecutarse por haber sido dictada en una suerte de supuesta trama de corrupción de las víctimas a los jueces que conocían del caso, algo que se ha probado inexistente. El laudo de agosto de 2018 confirmó todas las pretensiones de Chevron y el tribunal consideró que el Estado de Ecuador es culpable de una denegación de justicia a la empresa, que vulnera los contratos liberatorios y el TBI. Sobre este base, el laudo ordenó al Estado ecuatoriano, entre otras cuestiones, la eliminación de la «ejecutabilidad» de la sentencia de Lago Agrio (desde la primera instancia a las subsiguientes); la adopción de medidas, incluso contra los particulares, para impedir que se inste el cumplimiento de parte de dicha sentencia, por cualquier medio y en cualquier lugar del mundo y el pago de una reparación completa a Chevron. En otras palabras, el laudo de 2018 (confirmado en junio de 2022 por un tribunal de holandés) ordenó a la República del Ecuador la adopción de una decisión que implica intervenir el poder judicial para interferir en una causa entre particulares tomando partido por el condenado.

Con este laudo en la mano, Chevron ha sido capaz de activar todo el conjunto de resortes de la Lex Mercatoria transnacional para obtener su propósito, que ya no es únicamente el impago de la condena sino la obtención de una reparación por unos supuestos daños que, según el laudo, le debe la República del Ecuador. Así, en primer lugar, con el gobierno de Lenín Moreno capturado y al servicio de la Embajada (estadounidense), la transnacional consiguió que el propio gobierno de Ecuador entorpeciese la ejecución de la sentencia en Canadá en el año 2019. Por otro lado, la coordinación y la conjunción de intereses entre la transnacional y el Fondo Monetario Internacional han evidenciado de manera clara desde el 2019 hasta la actualidad que Chevron no solo captura estados sino que también influye de manera decisiva en las instituciones financieras internacionales.

En octubre de 2019, el Ecuador se levantó en un estallido social provocado por la adopción por el gobierno de una serie de medidas antisociales, entre ellas el fin de los subsidios a los combustibles o unas duras reformas laborales precarizadoras. Todas estas medidas se orientaron a dar cumplimiento al acuerdo con el FMI mediante el cual Ecuador obtenía un préstamo de 4.2 mil millones de dólares en el marco del Servicio Ampliado del FMI. Aquel estallido ecuatoriano se saldó con más de una decena de personas muertas, centenares de heridas, detenidas y el comienzo de una estrategia de Lawfare contra la oposición político/social que aun hoy continua en el país. La pregunta es ¿Qué relación tiene todo aquello con Chevron?

La respuesta la encontramos en el interior de los documentos que conforman el acuerdo entre el FMI y Ecuador, donde se detalla que el préstamo de la institución financiera puede ser utilizado para amortizar deuda pública o para el pago de obligaciones derivadas de laudos arbitrales, entre los que destaca, evidentemente, el laudo de Chevron. En el año 2019 todavía era posible apelar este laudo ante los tribunales holandeses, una apelación realizada, muy a regañadientes, por el gobierno ecuatoriano cuyo recorrido llegó a su fin, como se señalaba al inicio de estas páginas, en junio de 2022.

La victoria electoral del banquero presidente, Guillermo Lasso, no presagiaba ninguna esperanza para las víctimas de Chevron. Al contrario, los lazos del gobierno con la Embajada y con el FMI se han reforzado. De hecho, el FMI, anunció, en pleno proceso de Paro Nacional en Ecuador, el día 27 de junio (poco después de la sentencia del tribunal de apelación holandés), el desembolso a las arcas del país de la nada desdeñable suma de 1000 millones de dólares y expresó su satisfacción por el comportamiento del gobierno de Ecuador. Cabe recordar que esa satisfacción del FMI con Ecuador se puede valorar con algunos datos que han provocado la aplicación de las medidas derivadas del acuerdo firmado en 2019: el 2022 podría terminar con al menos 189.806 pobres más en el país, en total más de 5,1 millones de personas. En la zona rural, el 41.7%  de la población gana menos de 84.71 dólares mensuales (el 21% del salario básico) y el trabajo infantil asciende al 8.2%. El cumplimiento de las medidas fondomonetaristas le está costando al Ecuador la vida y, con estos detonantes, la pregunta no era si se iba a producir o no un levantamiento popular sino cuando se daría el estallido que finalmente tuvo al país en pie 18 días del mes de junio.

Volviendo a Chevron, podemos observar como todas las piezas se van ubicando: el fin del recorrido de la apelación del laudo, un nuevo desembolso del FMI y, finalmente, la aprobación por parte del gobierno, el pasado 12 de julio, de una norma técnica para el reconocimiento y pago de Laudos y Sentencias ejecutoriadas en contra de entidades del Estado ecuatoriano. En otros términos, nos encontramos a las puertas de asistir a la victoria total de Chevron. Mientras, en Ecuador el Gobierno sigue intentando mostrar una pretendida voluntad del diálogo, con mano aparentemente tendida al tiempo que, con la otra, Lasso paga a sus verdaderos mandantes.

Todo lo anterior evidencia como el asalto de las empresas transnacionales a la democracia sigue siendo imparable. Pertrechadas de una armadura jurídica (la Lex Mercatoria) compuesta por las herramientas de captura corporativa, tratados de comercio e inversión y la protección y connivencia de las Instituciones Financieras Internacionales, no hay democracia que se resista a su embate. La soberanía de un país, en este caso Ecuador, ha quedado en las manos de un panel de arbitraje y de un tribunal holandés; la reparación de las víctimas se ha diluido para convertirse en una deuda que el Estado ecuatoriano que deberá pagar al criminal en lugar de reparar la Amazonía; los derechos humanos y los derechos de la naturaleza quedan, una vez más en una posición subalterna respecto del capital transnacional que ha conseguido domar el «riesgo» de la democracia.

Las víctimas no tienen más tiempo y la acción debe tomarse desde los países donde se ubican las grandes matrices que detentan el poder corporativo global. Es imprescindible un tratado internacional que regule su responsabilidad y son necesarias las normas estatales que obliguen a las empresas a tomar el control de sus cadenas. Sin embridar el poder corporativo, no hay garantía de derechos que sea realmente efectiva.

Tomado de Público.es

Por RK