Por Gonzalo J. Paredes

En las últimas semanas, la Fiscal General de la Nación Diana Salazar fue acusada de cometer plagio en la elaboración de su tesis para el título de doctora en jurisprudencia intitulada “El tráfico ilegal de migrantes “coyoterismo” en la legislación ecuatoriana” y en el libro denominado “Análisis jurídico del delito de lavado de activos en caso de flagrancia”. Las supuestas investigaciones académicas fueron presentadas en el concurso de méritos y oposición para el cargo de fiscal general llevado a cabo por el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio (CPCCS-T), un consejo ad hoc para proscribir a la Revolución Ciudadana, misión que continuó con mucha diligencia la “elegida” cuando lo ganó, sorpresivamente.

¿Por qué Diana Salazar cometió plagio en sus trabajos de investigación, presuntamente?

Antes de contestar esta pregunta, debemos tener claro que un estudio académico debe ampliar o profundizar el conocimiento existente. Por eso se dice que en principio un trabajo de titulación debe ser original e inédito con el propósito de que el estudiante de una carrera de grado o de posgrado demuestre los saberes y las prácticas adquiridas durante el proceso de aprendizaje del programa. Por lo tanto, son los resultados de las investigaciones realizadas y sus hipótesis aceptadas o rechazadas los que amplían la frontera del conocimiento.

La construcción de estos estudios conlleva una revisión de la literatura tanto teórica como empírica donde el autor identifica qué falta por hacer en el tema a investigar, la teoría o las proposiciones teóricas más pertinentes y el marco metodológico más eficiente para lograr los objetivos planteados en el estudio. No obstante, esta revisión (y su redacción en el trabajo de titulación) no implica un “copiar y pegar”, lo que me lleva a dar una primera respuesta a la pregunta antes propuesta:

  1. La excepcionalidad de las citas textuales

Los conceptos o los argumentos de los estudios realizados y encontrados a través de la revisión de la literatura tomados de forma textual son la excepción en las citas consideradas en una investigación. Exclusivamente, se las lleva a cabo cuando una definición no merece mejora alguna en su presentación y explicación. Una investigación que se vale de forma reiterada de citas textuales evidencia que la revisión de la literatura es muy pobre y/o que el autor tiene poco conocimiento del tema tratado.

  • El tratamiento de las citas parafraseadas

A diferencia de las citas textuales, las parafraseadas son las más utilizadas. Sin embargo, esto no implica un abuso de las mismas, ni siquiera cuando se muestra el desarrollo teórico del tema investigado. La destreza del autor está en saber presentarlo sin caer en citas textuales ‘ocultas’: conceptos que han sido tomado casi de forma literal, solo modificados en algunos términos de su redacción. Las citas parafraseadas son el producto del proceso cognitivo del autor alcanzado a través de la lectura extensa de los trabajos realizados previamente.

  • La pertinencia de los estudios consultados y considerados

Determinar la frontera del conocimiento implica establecer las investigaciones publicadas más rigurosas, entre las más actuales y las pioneras, sobre el tema tratado. La rigurosidad excluye blogs, manuales escolares, revistas no científicas y sin indexación.

Con base en la denuncia presentada por Priscila Schettini, la Fiscal General de la Nación Diana Salazar cometió plagio porque copió y pegó párrafos sin citar a los autores de los estudios consultados en la investigación que le sirvió para la obtención del grado de doctora en jurisprudencia. En este caso, la comisión designada por el rector de la Universidad Central del Ecuador (UCE) para analizar técnica y jurídicamente la tesis no tendrá mayor complejidad en emitir su informe porque el procedimiento para la presentación de los trabajos de titulación en 2005 incluía las normas de la American Psychological Association (o formato APA) como ha sido tradición en las Instituciones de Educación Superior (IES) del Ecuador donde se detallan los numerales uno y dos de los tres puntos antes abordados.

Actualmente, la edición de las normas APA vigente y aplicada en cualquier trabajo académico en Ecuador es la sexta, aunque la séptima ya está bajo conocimiento de los docentes universitarios. La quinta edición estaba vigente al momento en que la “elegida” por el transitorio realizaba su trabajo de titulación. En otras palabras, lo que se exigió en 2005, hoy se requiere para la elaboración de la tesis de grado y posgrado.

Por RK