El pasado día viernes 22 de febrero de 2019, Pablo Celi, el Contralor Subrogante sin acción de personal que lo respalde, en declaraciones para HISPAN TV sobre el escándalo más grande ocurrido en el Ecuador desde 1979, y que públicamente ha demostrado como el ahora presidente Lenín Moreno Garcés y su familia son directamente sospechosos de controlar al menos una empresa fantasma en un paraíso fiscal, desde donde se realizan transacciones para la adquisición de inmuebles en el extranjero, autos de lujo y otros bienes suntuosos que no han sido declarados en el Ecuador, y cuyos fondos tienen directa relación con millonarios depósitos realizados por la empresa SYNOHYDRO al muy cercano amigo del ahora Presidente, Xavier Macías, yerno de Conto Patiño; indicó, amenazante y muy suelto de huesos, que la investigación de los INA Papers “no está dentro de mi ámbito, sin embargo hay que tener mucho cuidado con ese tipo de denuncias. Especialmente con la integridad del Estado y sus personeros.”
Estas declaraciones sin sustento legal ni ético, atentan directamente contra lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular Efectuada el 19 de febrero de 2017 que manda en su Sección I Prohibiciones, artículo 4, numeral 2, inciso segundo:
“(…) la referencia a propietario indirecto aplica cuando el sujeto obligado sea quien tenga legal, económicamente o de hecho el poder de controlar la propiedad en cuestión; así como de utilizar, disfrutar, beneficiarse o disponer de la misma.”
De igual manera, el artículo 9 de la misma Ley dispone:
“Procedimiento.- Cuando la Contraloría General del Estado tenga conocimiento de la violación de alguna de las disposiciones previstas en esta ley, para la aplicación de las sanciones observará el siguiente procedimiento:
- Se ordenará el inicio del examen especial correspondiente, con el fin de determinar la existencia de la infracción y la responsabilidad de la servidora o servidor público examinado.
- En el término de tres días notificará el inicio del examen especial a la servidora o el servidor público.
(…)
Cuando se trae de servidores públicos de elección popular (…), la Contraloría General del Estado remitirá el expediente con la destitución a la Corte Constitucional para que en el término de 10 días se pronuncie sobre el cumplimiento del debido proceso (…).”
Por tanto, dado que el Contralor subrogante sin acción de personal ha decidido volver a quebrantar la legislación ecuatoriana y hacer caso omiso a lo que le dispone la Ley Orgánica contra Guaridas Fiscales, la misma Ley, una de las más avanzadas del mundo en el verdadero combate contra la corrupción pública y privada, dispone en su Sección III Acción Popular, artículo 10:
“Se concede acción popular a la persona que conozca hechos que impliquen violación a las disposiciones de la presente ley, quien deberá presentar su denuncia a la Contraloría General del Estado (…)”.
La complicidad evidente del Contralor Subrogante sin acción de personal, que también tendrá que responder ante la Justicia por sus acciones y omisiones en este caso, tiene también estrechos relacionamientos de tipo familiar. Es público y conocido que Darwin Patricio Moreno Garcés, hermano del presidente Lenín Moreno Garcés, es el Coordinador Nacional Administrativo y de Servicios de la Contraloría General del Estado, y maneja todos los procedimientos contractuales de dicha Institución. Sin duda un cargo de confianza que sella una relación que se ha demostrado vibrante entre ambos funcionarios públicos, y que parece asegura que mientras Larrea, Celi y los Moreno Garcés sigan controlando la Contraloría General del Estado, solo las calles, la protesta popular y la sed de justicia del pueblo ecuatoriano permitirán demandar la Revocatoria del Mandato de Moreno, que sea investigado por sus actos, y que el Estado de Derecho y la Democracia se restituyan en el Ecuador luego de casi dos años del resurgimiento del latifundio mediático y bancario que por ahora impera en nuestro país.